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martes, 3 de marzo de 2009
Chaco: Declaran inembargables tierras de pueblos originarios
La norma además declara a los territorios como “imprescriptibles, indivisibles e intransferibles a terceros, bajo pena de nulidad absoluta, y que estas limitaciones sean inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmueble”.La Cámara de Diputados aprobó este miércoles un proyecto de ley por el cual establece que las tierras de los pueblos originarios “sean inembargables, imprescriptibles, indivisibles e intransferibles a terceros, bajo pena de nulidad absoluta, y que estas limitaciones sean inscriptas en el Registro de la propiedad Inmueble”.La iniciativa cuya autoría corresponde a la diputada Alicia Terada y al cual se acumuló un proyecto en igual sentido del diputado del Frente Grande Daniel San Cristóbal, contó con despacho unánime de la Comisión de Legislación General, tras recibir un informe favorable de las autoridades del Idach, quienes manifestaron el acompañamiento de la comunidad indígena surgida en asamblea meses atrás.Terada sostuvo que “la presente modificación propone mejorar la situación actual de las comunidades indígenas en lo relativo al carácter de la tenencia de la tierra, en el marco del derecho positivo de la Provincia del Chaco” y que la modificación del artículo 11 de la ley Nº 3.258 de creación del Instituto del Aborigen Chaqueño (IDACH), otorga un derecho legitimo de tenencia de la tierra sin restricción en el tiempo. La norma anterior establecía la adjudicación por el término de 20 años.“En el momento histórico en que se consolidó el Estado Argentino las comunidades indígenas, no fueron consideradas en este nuevo orden jurídico - institucional que se daría como forma de gobierno al país. No fueron integradas sus comunidades como tales, con su propio sistema de normas de convivencia, sus valores culturales y sus costumbres. Este antecedente es la respuesta a la situación de marginación que padecen, y los obstáculos difíciles de sortear con los que se encuentran hoy los ciudadanos argentinos pertenecientes a comunidades indígenas para compatibilizar su forma de vida y de organización con el orden jurídico argentino”, agregó la legisladora.“En definitiva – reflexionó- no encuentran la forma de que sus derechos, como lo es el “derecho a la tierra”, base fundamental del arraigo, supervivencia como comunidad y desarrollo económico y social, sea reconocido dentro de este marco jurídico”, concluyó.
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